viernes, 5 de agosto de 2011

¿Que hacer en caso de NO cobertura de las Prestaciones?

 Por incumplimiento de Obras Sociales: llamar a la Superintendencia de Servicios de Salud, Tel: 0800-222-SALUD(72583)

 Por incumplimiento de Prepagas: dirigirse a oficina de Protección al consumidor

 Por incumplimiento de Empresas de Transporte: ERSEP (ente regulador de servicios públicos.

 Recurrir a vía judicial: Gestionar Recurso de Amparo en Tribunales Provinciales o Federales, o mediante algún Estudio Jurídico.

Ventajas del Recurso de Amparo:
El recurso de amparo es una herramienta de defensa legal.
¿Quién puede interponerlo?
Todo aquel a quien se le ofrece o niegue el ejercicio de un derecho. El recurso de amparo siempre lo presenta un abogado, por medio de un escrito.
¿Dónde se presenta?
Se tramita en sede judicial (tribunales).
¿Cuánto tarda?
Aunque un juicio común demora más de dos años, el recurso de amparo en cambio es inmediato. Generalmente lo que se pide se obtiene en forma provisoria entre los 10 a 20 días de iniciado (medida cautelar). Puede que luego el demandado se allane a la medida (la acepte como definitiva) sino, prosigue el juicio y entre los 3 a 6 meses el amparo se termina y el ejercicio del derecho queda firme, con costas a cargo del demandado.
Los plazos no son siempre iguales. Hay veces en que el juez ordena una audiencia para llegar a un acuerdo o pide un informe a algún organismo. Hay juzgados más rápidos que otros, por eso si bien los recursos de amparo por lo general tardan 3 meses, pueden llegar a tardar hasta 6, pero más allá de lo que demoren, lo importante es que mientras se desarrolla el juicio, el derecho está cubierto (ver día 16)
¿Cuáles son los pasos?
Día 1 – Se envía una carta documento.
Día 6 – Si hay alguna respuesta se tiene una reunión para llegar a un acuerdo.
Día 9 – De lo contrario, se presenta en tribunales una acción de amparo.
Día 16 – El juez ordena que la Obra Social, Prepaga o el Estado empiece a cubrir lo que se pide hasta que termine el juicio.
Día 20 – Se le notifica al demandado que tiene que brindar lo solicitado.
Día 40 – El demandado presenta un informe y da su postura.
Día 75 – El juez dicta sentencia ordenando que se cubra para siempre lo que se haya pedido en la demanda.
¿Cuándo es más usado?
El pedido más común es para exigir una cobertura a una Obra Social, una Prepaga o al Estado del 100% de los gastos de salud, educación, tratamiento, internación, traslados, etc.
Sin embargo cualquier derecho violado que necesite una reparación urgente puede pedirse mediante un recurso de amparo.
Lamentablemente es muy poco utilizado, ya que en líneas generales la familia se somete a arbitrariedades por temor a supuestas represalias.
Es muy común que piensen que la Obra Social le va a quitar lo poco que le daba hasta el momento, lo que, seguramente, fue conseguido después de mucho sacrificio, luchando y reclamando.
Pero esto no es así. Por el contrario, cuando hay un juez de por medio, no tienen más remedio que comportarse correctamente y cumplir con la Ley.
¿Cuánto cuesta un Recurso de Amparo?
Los costos varían. Se puede solicitar el patrocinio jurídico gratuito que queda en Tribunales Federales (para quien no cuente con los recursos económicos para afrontar los gastos, previa encuesta socio económica).
Hay profesionales privados que manejan cifras muy altas. Existen Estudios Jurídicos que representan la elección ideal, puesto que le dan al expediente un impulso más veloz que el que ofrece el patrocinio gratuito y proponen valores más accesibles.